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Tabla De Isr Mensual 2017

Tabla De Isr Mensual 2017

¿Qué es el ISR del mes?

ISR o ISPT (Impuesto sobre el producto del trabajo): ¿cómo hacer su cálculo? Tabla De Isr Mensual 2017 Para realizar el cálculo del Impuesto sobre el Producto de Trabajo, o porcentaje de ISR como más se le conoce actualmente, es necesario tener claros los conceptos básicos que lo rodean. El ISPT forma parte de las deducciones que se restan al salario base de cualquier empleado y es un tipo específico de deducción que está prevista por la ley.

  • Los que cobren un salario mínimo y menos de 9 horas extras semanales
  • Los que perciban un aguinaldo menor a 30 veces el salario mínimo
  • Los que perciban más del salario mínimo tienen 50% de las horas extras exentas (si el exenta pasa el límite de 5 salarios mínimos, el excedente tiene que pagar ISPT)

Ahora, el cálculo del ISPT debe de realizarse de manera individual para cada trabajador ya que es específico y varía según la situación de cada uno; según su sueldo y, principalmente. Antes de debes tomar en cuenta los siguientes requisitos:

  • Salario
  • Horas diarias y horas extras
  • Días de trabajo anuales
  • Considera si es mes de aguinaldo

Ahora, el proceso para conocer la cantidad exacta es el siguiente:

  1. Definir el sueldo base y total de cada trabajador
  2. Se determina el parámetro del ingreso según corresponda
  3. Al total se le resta el límite inferior
  4. El resultado se multiplica por el porcentaje del intervalo
  5. Después, se suma el importe de la cuota fija

La tabla a considerar para el cálculo del ISPT es la siguiente:

Límite Inferior Límite Superior Cuota Fija % sobre excedente
$0.01 $496.07 $0.00 1,92%
$496.08 $4,210.41 $9.52 6.40%
$4,210.42 $7,399.42 $247.24 10.88%
$7,399.43 $8,601.50 $594.21 16.00%
$8,601.51 $10,298.35 $786.54 17.92%
$10,298.36 $20,770.29 $1,090.61 21.36%
$20,770.30 $32,736.83 $3,327.42 23.52%
$32,736.84 $62,500.00 $6,141.95 30.00%
$62,500.01 $83,333.33 $15,070.90 32.00%
$83,333.34 $250,000.00 $21,737.57 34.00%
$250,000.01 En Adelante $78,404.23 35.00%

Por último, para evitar confusiones, al hablar del Impuesto sobre el Producto del Trabajo también se está refiriendo al Impuesto Sobre la Renta (ISR), ¿Cómo se calcula el ISR? Este se obtiene sobre la ganancia obtenida, con la diferencia entre el ingreso y las deducciones autorizadas, es decir, se aplica a los ingresos adquiridos, con excepción de las herencias y donaciones.

  1. Por otro lado, es importante considerar el complemento de pago, pues es crucial para incluir información detallada sobre toda regulación fiscal.
  2. Llevar el control de tu contabilidad para trámites del Servicio de Administración Tributaria (SAT) es sencillo con ayuda de las herramientas necesarias.
  3. Dale prioridad a la optimización de tus procesos fiscales y complemento de pago de cada uno con un software contable y aprovecha las nuevas tecnologías de trabajo.

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¿Cómo se calculan los pagos provisionales de ISR?

Artículo 106 Cálculo de pagos provisionales mensuales. – Los contribuyentes a que se refiere esta Sección, efectuarán pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto del ejercicio, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquél al que corresponda el pago, mediante declaración que presentarán ante las oficinas autorizadas.

El pago provisional se determinará restando de la totalidad de los ingresos a que se refiere esta Sección obtenidos en el periodo comprendido desde el inicio del ejercicio y hasta el último día del mes al que corresponde el pago, las deducciones autorizadas en esta Sección correspondientes al mismo periodo y la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas pagada en el ejercicio, en los términos del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y, en su caso, las pérdidas fiscales ocurridas en ejercicios anteriores que no se hubieran disminuido.

Al resultado que se obtenga conforme al párrafo anterior, se le aplicará la tarifa que se determine de acuerdo a lo siguiente: Se tomará como base la tarifa del artículo 96 de esta Ley, sumando las cantidades correspondientes a las columnas relativas al límite inferior, límite superior y cuota fija, que en los términos de dicho artículo resulten para cada uno de los meses del periodo a que se refiere el pago provisional de que se trate, y que correspondan al mismo renglón identificado por el mismo por ciento para aplicarse sobre el excedente del límite inferior.

Las autoridades fiscales realizarán las operaciones aritméticas previstas en este párrafo para calcular la tarifa aplicable y la publicará en el Diario Oficial de la Federación. Contra el pago provisional determinado conforme a este artículo, se acreditarán los pagos provisionales del mismo ejercicio efectuados con anterioridad.

Cuando los contribuyentes presten servicios profesionales a las personas morales, éstas deberán retener, como pago provisional, el monto que resulte de aplicar la tasa del 10% sobre el monto de los pagos que les efectúen, sin deducción alguna, debiendo proporcionar a los contribuyentes comprobante fiscal en el que conste el monto del impuesto retenido, el cual deberá enterarse, en su caso, conjuntamente con las retenciones señaladas en el artículo 96 de esta Ley.

El impuesto retenido en los términos de este párrafo será acreditable contra el impuesto a pagar que resulte en los pagos provisionales de conformidad con este artículo. Las personas morales obligadas a efectuar la retención podrán optar por no proporcionar el comprobante fiscal a que se refiere el párrafo anterior, siempre que la persona física que preste los servicios profesionales les expida un comprobante fiscal que cumpla con los requisitos a que se refieren los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y en el comprobante se señale expresamente el monto del impuesto retenido.

En este caso, las personas físicas que expidan el comprobante fiscal podrán considerarlo como comprobante de retención del impuesto y efectuar el acreditamiento del mismo en los términos de las disposiciones fiscales. Lo previsto en este párrafo en ningún caso libera a las personas morales de las obligaciones de efectuar, en tiempo y forma, la retención y entero del impuesto, en los términos de las disposiciones fiscales respecto de las personas a las que les hubieran efectuado dichas retenciones.

¿Cuánto es la deducción de ISR?

Artículo 151 Las personas físicas residentes en el país que obtengan ingresos de los señalados en este Título, para calcular su impuesto anual, podrán hacer, además de las deducciones autorizadas en cada Capítulo de esta Ley que les correspondan, las siguientes deducciones personales: I.

Los pagos por honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición prestados por personas con título profesional legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas competentes, así como los gastos hospitalarios, efectuados por el contribuyente para sí, para su cónyuge o para la persona con quien viva en concubinato y para sus ascendientes o descendientes en línea recta, siempre que dichas personas no perciban durante el año de calendario ingresos en cantidad igual o superior a la que resulte de calcular el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año, y se efectúen mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencias electrónicas de fondos, desde cuentas abiertas a nombre del contribuyente en instituciones que componen el sistema financiero y las entidades que para tal efecto autorice el Banco de México o mediante tarjeta de crédito, de débito, o de servicios.

Las autoridades fiscales podrán liberar de la obligación de pagar las erogaciones a través de los medios establecidos en el párrafo anterior, cuando las mismas se efectúen en poblaciones o en zonas rurales sin servicios financieros. Para efectos del párrafo anterior, también serán deducibles los pagos efectuados por honorarios médicos, dentales o de enfermería, por análisis, estudios clínicos o prótesis, gastos hospitalarios, compra o alquiler de aparatos para el establecimiento o rehabilitación del paciente, derivados de las incapacidades a que se refiere el artículo 477 de la Ley Federal del Trabajo, cuando se cuente con el certificado o la constancia de incapacidad correspondiente expedida por las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud, o los que deriven de una discapacidad en términos de lo dispuesto por la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad y se cuente con el certificado de reconocimiento y calificación de discapacidad emitido por las citadas instituciones públicas conforme a esta última Ley.

  1. Lo dispuesto en este párrafo no estará sujeto al límite establecido en el último párrafo de este artículo.
  2. En el caso de incapacidad temporal o incapacidad permanente parcial, o bien, de discapacidad, la deducción a que se refiere el párrafo anterior sólo será procedente cuando dicha incapacidad o discapacidad, sea igual o mayor a un 50% de la capacidad normal.
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Para efectos de la deducción a que se refiere el segundo párrafo de esta fracción, el comprobante fiscal digital correspondiente deberá contener la especificación de que los gastos amparados con el mismo están relacionados directamente con la atención de la incapacidad o discapacidad de que se trate.

III. Los donativos no onerosos ni remunerativos, que satisfagan los requisitos previstos en esta Ley y en las reglas generales que para el efecto establezca el Servicio de Administración Tributaria y que se otorguen en los siguientes casos: a) A la Federación, a las entidades federativas o los municipios, a sus organismos descentralizados que tributen conforme al Título III de la presente Ley, así como a los organismos internacionales de los que México sea miembro de pleno derecho, siempre que los fines para los que fueron creados, correspondan a las actividades por las que se puede obtener autorización para recibir donativos deducibles de impuestos. b) A las entidades a las que se refiere el sexto párrafo del artículo 82 de esta Ley. c) A las entidades a que se refieren los artículos 79, fracción XIX y 82 de esta Ley. d) A las personas morales a las que se refieren las fracciones VI, X, XI, XX y XXV del artículo 79 de esta Ley y que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 82 de la misma Ley. e) A las asociaciones y sociedades civiles que otorguen becas y cumplan con los requisitos del artículo 83 de esta Ley. f) Se deroga. El Servicio de Administración Tributaria publicará en el Diario Oficial de la Federación y dará a conocer en su página electrónica de Internet los datos de las instituciones a que se refieren los incisos b), c), d) y e) de esta fracción que reúnan los requisitos antes señalados. Tratándose de donativos otorgados a instituciones de enseñanza serán deducibles siempre que sean establecimientos públicos o de propiedad de particulares que tengan autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios en los términos de la Ley General de Educación, se destinen a la adquisición de bienes de inversión, a la investigación científica o desarrollo de tecnología, así como a gastos de administración hasta por el monto, en este último caso, que señale el Reglamento de esta Ley; se trate de donaciones no onerosas ni remunerativas, conforme a las reglas generales que al efecto determine la Secretaría de Educación Pública, y dichas instituciones no hayan distribuido remanentes a sus socios o integrantes en los últimos cinco años.

El monto total de los donativos a que se refiere esta fracción será deducible hasta por una cantidad que no exceda del 7% de los ingresos acumulables que sirvan de base para calcular el impuesto sobre la renta a cargo del contribuyente en el ejercicio inmediato anterior a aquél en el que se efectúe la deducción, antes de aplicar las deducciones a que se refiere el presente artículo.

Cuando se realicen donativos a favor de la Federación, de las entidades federativas, de los municipios, o de sus organismos descentralizados, el monto deducible no podrá exceder del 4% de los ingresos acumulables a que se refiere este párrafo, sin que en ningún caso el límite de la deducción tratándose de estos donativos, y de los realizados a donatarias autorizadas distintas, exceda del 7% citado.

Cuando se otorguen donativos entre partes relacionadas, la donataria no podrá contratar con su parte relacionada que le efectúo el donativo, la prestación de servicios, la enajenación, o el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes. En caso contrario, el donante deberá considerar el monto de la deducción efectuada por el donativo correspondiente como un ingreso acumulable para efectos del cálculo del impuesto sobre la renta, actualizado desde la fecha en que se aplicó la deducción y hasta el momento en que se lleve a cabo su acumulación.

IV. Los intereses reales efectivamente pagados en el ejercicio por créditos hipotecarios destinados a la adquisición de su casa habitación contratados con las instituciones integrantes del sistema financiero, siempre que el monto total de los créditos otorgados por dicho inmueble no exceda de setecientas cincuenta mil unidades de inversión.

Para estos efectos, se considerarán como intereses reales el monto en el que los intereses efectivamente pagados en el ejercicio excedan al ajuste anual por inflación del mismo ejercicio y se determinará aplicando en lo conducente lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 134 de esta Ley, por el periodo que corresponda.

Los integrantes del sistema financiero, a que se refiere el párrafo anterior, deberán expedir comprobante fiscal en el que conste el monto del interés real pagado por el contribuyente en el ejercicio de que se trate, en los términos que se establezca en las reglas que al efecto expida el Servicio de Administración Tributaria.V.

Las aportaciones complementarias de retiro realizadas directamente en la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro, en los términos de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro o a las cuentas de planes personales de retiro, así como las aportaciones voluntarias realizadas a la subcuenta de aportaciones voluntarias, siempre que en este último caso dichas aportaciones cumplan con los requisitos de permanencia establecidos para los planes de retiro conforme al segundo párrafo de esta fracción.

  1. El monto de la deducción a que se refiere esta fracción será de hasta el 10% de los ingresos acumulables del contribuyente en el ejercicio, sin que dichas aportaciones excedan del equivalente a cinco salarios mínimos generales del área geográfica del contribuyente elevados al año.
  2. Para los efectos del párrafo anterior, se consideran planes personales de retiro, aquellas cuentas o canales de inversión, que se establezcan con el único fin de recibir y administrar recursos destinados exclusivamente para ser utilizados cuando el titular llegue a la edad de 65 años o en los casos de invalidez o incapacidad del titular para realizar un trabajo personal remunerado de conformidad con las leyes de seguridad social, siempre que sean administrados en cuentas individualizadas por instituciones de seguros, instituciones de crédito, casas de bolsa, administradoras de fondos para el retiro, sociedades distribuidoras integrales de acciones de fondos de inversión o sociedades operadoras de fondos de inversión con autorización para operar en el país, siempre que obtengan autorización previa del Servicio de Administración Tributaria y cumplan los requisitos y las condiciones para mantener su vigencia, en los términos que para tal efecto establezca dicho órgano desconcentrado mediante reglas de carácter general.
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En el caso de que los planes personales de retiro sean contratados de manera colectiva, se deberá identificar a cada una de las personas físicas que integran dichos planes, además de cumplir con los requisitos que para tal efecto establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general.

  1. En estos casos, cada persona física estará sujeta al monto de la deducción a que se refiere el párrafo anterior.
  2. Cuando los recursos invertidos en las subcuentas de aportaciones complementarias de retiro, en las subcuentas de aportaciones voluntarias o en los planes personales de retiro, así como los rendimientos que ellos generen, se retiren antes de que se cumplan los requisitos establecidos en esta fracción, el retiro se considerará ingreso acumulable en los términos del Capítulo IX de este Título.

En el caso de fallecimiento del titular del plan personal de retiro, el beneficiario designado o el heredero, estarán obligados a acumular a sus demás ingresos del ejercicio, los retiros que efectúe de la cuenta o canales de inversión, según sea el caso.

VI. Las primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social, siempre que el beneficiario sea el propio contribuyente, su cónyuge o la persona con quien vive en concubinato, o sus ascendientes o descendientes, en línea recta.

VII. Los gastos destinados a la transportación escolar de los descendientes en línea recta cuando ésta sea obligatoria en los términos de las disposiciones jurídicas del área donde la escuela se encuentre ubicada o cuando para todos los alumnos se incluya dicho gasto en la colegiatura.

Para estos efectos, se deberá separar en el comprobante el monto que corresponda por concepto de transportación escolar y se efectúen mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencias electrónicas de fondos, desde cuentas abiertas a nombre del contribuyente en instituciones que componen el sistema financiero y las entidades que para tal efecto autorice el Banco de México o mediante tarjeta de crédito, de débito, o de servicios.

Las autoridades fiscales podrán liberar de la obligación de pagar las erogaciones a través de los medios establecidos en el párrafo anterior, cuando las mismas se efectúen en poblaciones o en zonas rurales sin servicios financieros. VIII. Los pagos efectuados por concepto del impuesto local sobre ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado, siempre que la tasa de dicho impuesto no exceda del 5%.

Para determinar el área geográfica del contribuyente se atenderá al lugar donde se encuentre su casa habitación al 31 de diciembre del año de que se trate. Las personas que a la fecha citada tengan su domicilio fuera del territorio nacional, atenderán al área geográfica correspondiente al Distrito Federal.

Para que procedan las deducciones a que se refieren las fracciones I y II que anteceden, se deberá acreditar mediante comprobantes fiscales, que las cantidades correspondientes fueron efectivamente pagadas en el año de calendario de que se trate a instituciones o personas residentes en el país.

  • Si el contribuyente recupera parte de dichas cantidades, únicamente deducirá la diferencia no recuperada.
  • Los requisitos de las deducciones establecidas en el Capítulo X de este Título no son aplicables a las deducciones personales a que se refiere este artículo.
  • El monto total de las deducciones que podrán efectuar los contribuyentes en los términos de este artículo, no podrá exceder de la cantidad que resulte menor entre cinco veces el valor anual de la Unidad de Medida y Actualización, o del 15% del total de los ingresos del contribuyente, incluyendo aquéllos por los que no se pague el impuesto.

Lo dispuesto en este párrafo no será aplicable tratándose de la fracción V de este artículo. : Artículo 151

¿Cómo se aplica el ISR?

Fundamento Legal –

  • Código Fiscal de la Federación, Artículos: 2, 4, 6, 17-A, 18, 20, 21, 31 párrafos primero y segundo, y 65.
  • Resolución Miscelánea Fiscal vigente, Anexo 1-A, ficha de trámite 44/CFF.

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¿Cómo se calcula el ISR 2023 personas morales?

¿Cuánto pagarás de ISR a partir de 2023 según tus ingresos? A partir de la primera quincena de 2023 te descontarán menos por Impuesto Sobre la Renta (ISR ) debido a que la inflación acumulada superó 10% desde enero de 2021, la última vez que se actualizaron las tablas que sirven de base para hacer el cálculo del pago de este impuesto, y que aplicaron a los ejercicios fiscales 2021 y 2022.

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De acuerdo con la calculadora de inflación del Instituto de Estadística y Geografía y Estadística (INEGI) del cierre de 2020 a noviembre de 2022, la inflación acumulada fue de 15.31%, por lo que la Secretaría de Hacienda hace un ajuste para colocar a los pagadores de impuestos en un renglón de rango menor para el pago de ISR, por nivel de ingresos.

Este 27 de diciembre Hacienda publicó las tablas para la retención del ISR en el Diario Oficial de la Federación (DOF), por lo que ya se pueden hacer estimaciones para el ajuste que beneficiará a los empleados de la iniciativa privada y sector público; personas físicas con actividad profesional, empresarial y/o con una o varias propiedades en renta; también quienes tienen ingresos por plataformas tecnológicas, entre otros regímenes. Tabla De Isr Mensual 2017 Si aplicamos esta tabla a la práctica, esto será lo que te descontarán en pesos mes con mes a tu nómina: Tabla De Isr Mensual 2017 Así, una persona con ingresos mensuales de $20,000 pesos, contribuirá con $2,604.00 pesos al mes en 2023 al fisco, cuando este año le descontaron $2,830.84 pesos, es decir, una diferencia de $226.84 pesos menos por mes, se le aplicará una tasa efectiva de ISR de 13.02%, cuando en 2022 fue de 14.15%.

  • ¿Cómo se calcula el ISR de la nómina? La tabla que usarás para hacer la estimación es la primera publicada en esta nota y que fue dada a conocer en el Anexo 8 de la Miscelánea Fiscal el pasado martes 27 de diciembre de 2022.
  • Su nombre oficial es Tarifa aplicable durante 2023 para el cálculo de los pagos provisionales mensuales.

Con la tabla identificada, lo primero que tendrás que hacer es ubicarte en el rango de ingresos que tienes mensualmente. Por ejemplo, una persona que gana $30,000 pesos al mes, se encuentra en el renglón VI de la tabla que tiene un límite inferior de $15,487.72 pesos; una cuota fija de $1,640.18, y una tasa para aplicarse sobre el excedente de 21.36%.

La fórmula para calcular lo que el SAT descontará de ISR para pagos mensuales provisionales, de acuerdo con información del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM), es la siguiente: a los $30,000 pesos brutos mensuales se le resta el límite inferior de tu renglón, es decir $15,487.72 pesos.

A esa diferencia que es $14,512.28 pesos se le aplica la tasa sobre el excedente que es 21.36%, el resultado es $3,099.82 pesos y se le llama impuesto marginal. La suma del impuesto marginal, más la cuota fija que es de $1,640.18 pesos, es el monto que se descontará de ISR, en este caso $4,740.00 pesos, que corresponde al 15.80% de los ingresos brutos que son $30,000 pesos mensuales.

¿Cuál es el porcentaje de descuento de ISR?

Tabla De Isr Mensual 2017 Trabajadores pagarán menos de ISR. (Foto: Pixabay) A raíz de la inflación, el descuento del Impuesto Sobre la Renta (ISR) será menor a partir del próximo año, pues cuando la inflación supera el 10% el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ajusta la tabla que toma como base para el cálculo de la tasa de este impuesto. Tabla De Isr Mensual 2017 Te puede interesar: Trabajadores de Viva Air acudirán a instancias internacionales ante la falta de pagos En ese sentido, hay que recordar que el ISR deberá tomarse en cuenta respecto al salario de los empleados en el país y a la tabla que lidera el SAT para conocer el resultado en cada caso.

  1. La inflación acumulada fue de 15.31% al cierre de 2021 a noviembre de 2022, según la calculadora de inflación del Instituto Nacional de Estadística y Geografía ( Inegi ).
  2. Ante ello, la Secretaría de Hacienda decidió hacer la modificación y ubicará al contribuyente en un renglón anterior en su tabla de base de cálculo del ISR.

Te puede interesar: Más de 15.000 personas han sido víctimas de desplazamiento forzado en lo corrido de 2023: Defensoría del Pueblo El 27 de diciembre de 2022 fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación las tablas de las nuevas tarifas del ISR. Tabla De Isr Mensual 2017 Ejemplos del desglose para calcular ISR. La disminución la verán reflejada trabajadores de la iniciativa privada, sector público, personas físicas con actividad profesional y empresarial. Así como aquellos que cuenten con una o varias propiedades en renta o ingresos por plataformas tecnológicas, entre otros.

  1. Te puede interesar: El peso colombiano gana terreno: es la moneda emergente más revaluada del último año, y la tendencia sigue Por ejemplo, trabajadores que acceden a un salario mensual de hasta 15 mil pesos, tendrán una retención de al menos 12% en el ISR, según los ajustes.
  2. El ISR puede variar, ya que va desde el 1.0% hasta el 35% cada mes por los ingresos percibidos por personas físicas o morales.

Por ello, el porcentaje se considerará dependiendo de la cantidad de dinero recibida, es decir, mientras más dinero se obtenga, más ISR se tendrá que pagar mensualmente. El ISR siempre deberá contemplarse, y en caso de no cumplir con la obligación del pago del Impuesto Sobre la Renta, tanto personas físicas como morales serán acreedoras a una sanción de tipo económica, penal o administrativo, ya que dependerá de las condiciones de la omisión. Tabla De Isr Mensual 2017 El pago del impuesto se cálcura con relación al sueldo. Foto: Pixabay Además, recordar también que este pago deberá considerarse cuando se obtengan ingresos en México por cualquiera de los siguientes conceptos: Salarios; honorarios; remuneraciones a miembros de consejos, administradores, comisarios y gerentes; arrendamiento de inmuebles y muebles; contratos de servicio turístico de tiempo compartido; enajenación de acciones; arrendamiento financiero; regalías, asistencia técnica y publicidad; intereses; premios; actividades artísticas, deportivas o espectáculos públicos; remanente distribuible de personas morales con fines no lucrativos; dividendos, utilidades, remesas y ganancias distribuidas por personas morales; venta de bienes inmuebles; construcción de obras, instalación, mantenimiento o montaje en bienes inmuebles, inspección o supervisión y otros ingresos.

  1. Incluso, de acuerdo con el fisco, existen algunas personas que están obligadas a realizar un pago extra, es decir otro impuesto adicional al del ISR.
  2. Es decir, aquellos que deberán considerar un pago extra obtienen ingresos por enajenación de bienes o por arrendamiento de bienes inmuebles distintos de casa habitación.

Si se encuentran en alguno de estos casos, tendrán la obligación de pagar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) o bien si los bienes inmuebles se rentan amueblados, o se trata de hoteles o casas de hospedaje, también se paga el IVA.

¿Cómo tributan las personas morales?

Regímenes Fiscales para Personas Morales – Al igual que las personas físicas, las personas morales deben constituirse en un régimen tributario. En este caso, solo aplican dos tipos de regímenes: Régimen General y Régimen de Personas Morales con Fines no Lucrativos,